La respuesta corta
Por pasar de tramo, no: cada tramo cobra solo la parte de la base que entra en él, no todo el sueldo. Marta, con 30.000 € brutos, tiene una base de unos 26.000 € en el tramo del 30 %, pero paga unos 4.900 € al año, un tipo medio de algo más del 16 %. De cada 100 € de subida le llegarían unos 65. Con las reglas de 2026 y estos supuestos, el neto del año no baja en ningún punto de 0 a 150.000 € brutos. Lo que sí puede bajar es una nómina suelta, por la retención, y justo encima del salario mínimo una subida luce mucho menos: unos 25 de cada 100.
En esta guía 12 apartados
- ¿Cuánto IRPF se paga con 30.000 € brutos? La nómina de Marta
- ¿Si cambias de tramo del IRPF cobras menos? De dónde sale el miedo
- Tramos del IRPF en 2026: la escala del Estado y la de tu comunidad
- ¿El tramo del IRPF se mira con el bruto? No: con la base liquidable
- Cómo se calcula el IRPF por tramos: tipo marginal y tipo medio
- ¿Cuánto te llega de una subida de sueldo?
- ¿Qué pasa si una subida te hace cambiar de tramo del IRPF?
- ¿Dónde cuesta más una subida de sueldo? Justo encima del salario mínimo
- ¿Por qué baja tu nómina después de una subida o de un extra? La retención
- Conclusión: tu cuenta en tres pasos
- Haz tu cuenta
- Preguntas frecuentes
El caso
Marta tiene 35 años y cobra 30.000 € brutos al año en 12 pagas, 2.500 € al mes, más o menos el sueldo medio en España. Es la de la guía de si eres clase media en España, donde vimos cuánto llega al banco con cada sueldo: a ella le llegan unos 1.930 € al mes. Suponemos que está soltera, no tiene hijos, tiene un contrato indefinido y solo cobra su sueldo, con las reglas del IRPF de 2026. Aquí miramos qué parte de su nómina se lleva el impuesto y qué le pasaría si le subieran el sueldo, también si la subida la hiciera cambiar de tramo.
Mucha gente da por hecho que, si una subida te hace cambiar de tramo del IRPF, puedes acabar cobrando menos que antes. En esta guía lo comprobamos con la escala de 2026 y la nómina de Marta: cómo se llenan los tramos, por qué tu tramo no es lo que pagas de verdad, cuándo sí puede bajar una nómina suelta y en qué sueldos una subida luce menos, que no son los más altos. Ten a mano tu sueldo bruto anual: al final te llevas una cuenta de tres pasos para saber en qué tramo estás y cuánto te llega de cada 100 € de subida.
¿Cuánto IRPF se paga con 30.000 € brutos? La nómina de Marta
Cada mes, Marta cobra 2.500 € brutos y a su cuenta le llegan 1.927 €, unos 1.930. Por el camino se quedan dos cosas: 162,50 € de cotización a la Seguridad Social y unos 410 € de IRPF, el impuesto sobre la renta. Su sueldo está cerca del medio: según la Encuesta Anual de Estructura Salarial del INE, el sueldo medio fue de 29.540 € brutos en 2024.
| Cuenta | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Sueldo bruto | 2.500 € | 30.000 € |
| Cotización a la Seguridad Social (6,50 %) | 162,50 € | 1.950 € |
| IRPF | 410,50 € | 4.926 € |
| Le llega | 1.927 € | 23.124 € |
Soltera, sin hijos, solo con su sueldo y con contrato indefinido, en 12 pagas. IRPF final del año con las reglas de 2026 y la escala del supuesto de esta guía. Cotización del trabajador en 2026: 4,70 % por contingencias comunes, 1,55 % por desempleo, 0,10 % de formación profesional y 0,15 % del mecanismo de equidad intergeneracional (Orden PJC/297/2026).
Lo que nos interesa aquí es el IRPF: de dónde salen esos 4.926 € al año y por qué suben como suben cuando sube el sueldo. La cotización la contamos en la guía de si se van a acabar las pensiones. Y un aviso: con hijos, otra situación familiar u otras rentas, las cifras cambian.
¿Si cambias de tramo del IRPF cobras menos? De dónde sale el miedo
El miedo viene de imaginar que, si una subida te mete en el tramo siguiente, su porcentaje, más alto, se aplica a todo tu sueldo, y que te quitan más de lo que te suben. Si funcionara así, habría subidas que te dejarían peor que antes: pasar del tramo del 30 % al del 37 % sería pagar 7 puntos más por todo lo que ganas.
No funciona así, y lo vas a ver en tres pasos: cada tramo cobra solo la parte que cae dentro de él, los tramos no se miden con el bruto sino con la base liquidable, y lo que pagas de verdad no es tu tramo, sino tu tipo medio, que sale muy por debajo.
Tramos del IRPF en 2026: la escala del Estado y la de tu comunidad
El IRPF de un sueldo tiene dos mitades: una la fija el Estado (Ley del IRPF, art. 63) y la otra, cada comunidad autónoma, que aprueba su propia escala (art. 74). Por eso el mismo sueldo no paga lo mismo en todas partes, aunque en el vídeo de la clase media calculamos que, con 30.000 € y las escalas de 2025, entre Madrid y Cataluña había unos 30 € al mes de diferencia.
Para simplificar, suponemos que la suma de las dos mitades es la escala que usan las empresas para calcular la retención de la nómina (Reglamento del IRPF, art. 85.1), la misma en toda España salvo en el País Vasco y Navarra. No es la de ninguna comunidad concreta: equivale a una mitad autonómica igual a la del Estado salvo en el último tramo, que se queda en el 22,5 %. Sumando las dos, la escala tiene 6 tramos:
| Base liquidable | Estado | Comunidad (supuesto) | Total |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,5 % | 9,5 % | 19 % |
| De 12.450 a 20.200 € | 12 % | 12 % | 24 % |
| De 20.200 a 35.200 € (el tramo de Marta) | 15 % | 15 % | 30 % |
| De 35.200 a 60.000 € | 18,5 % | 18,5 % | 37 % |
| De 60.000 a 300.000 € | 22,5 % | 22,5 % | 45 % |
| Más de 300.000 € | 24,5 % | 22,5 % | 47 % |
Mitad del Estado: Ley del IRPF, art. 63.1, vigente a 16 de octubre de 2026. Mitad de la comunidad: la de referencia del canal; la tuya puede ser distinta. La suma coincide con la escala de retención del Reglamento del IRPF, art. 85.1.
Esta es la escala general, la de los sueldos. Las ganancias de los ahorros y las inversiones van por otra distinta, la escala del ahorro (arts. 66 y 76), la que usamos en la guía de qué impuestos pagas al vender un piso.
¿El tramo del IRPF se mira con el bruto? No: con la base liquidable
Aquí está el primer matiz. Los límites de la escala no se miden con tu sueldo bruto, sino con lo que Hacienda llama base liquidable. Para alguien con nómina como Marta, es más o menos el bruto menos la cotización y menos 2.000 € de gastos que la ley deja restar a todo el que cobra un sueldo (Ley del IRPF, art. 19.2).
| Paso | Cuánto |
|---|---|
| Sueldo bruto | 30.000 € |
| Menos la cotización a la Seguridad Social | 1.950 € |
| Menos otros gastos (art. 19.2.f) | 2.000 € |
| Menos la reducción por rendimientos del trabajo (art. 20) | 0 € |
| Base liquidable | 26.050 € |
Cae en el tramo del 30 %, de 20.200 a 35.200 €. Con estos supuestos, la base de Marta llegaría a 20.200 € con 23.743 € brutos y a 35.200 € con 39.786 €: le faltan 9.786 € brutos para cambiar de tramo.
De sus 30.000 € brutos le quedan unos 26.000 € de base, en el tercer peldaño, el del 30 %. La reducción por rendimientos del trabajo no le toca: rebaja la base de los sueldos bajos y solo se aplica si el rendimiento neto no llega a 19.747,50 €, unos 21.120 € brutos con estos supuestos.
Hay una segunda pieza: los primeros 5.550 € de base no pagan nada. Es el mínimo personal, la parte de la renta que la ley considera necesaria para cubrir las necesidades básicas (arts. 56 y 57). Con el resto se va subiendo la escalera, peldaño a peldaño.
Cómo se calcula el IRPF por tramos: tipo marginal y tipo medio
Vamos con la cuenta de Marta. Su base sube la escalera y cada peldaño cobra solo por lo que cabe en él. Al tercero, el del 30 %, solo llega lo que pasa de 20.200 €:
| Parte de su base | Tipo | Paga |
|---|---|---|
| Primeros 5.550 € (mínimo personal) | 0 % | 0 € |
| De 5.550 a 12.450 € (6.900 €) | 19 % | 1.311 € |
| De 12.450 a 20.200 € (7.750 €) | 24 % | 1.860 € |
| De 20.200 a 26.050 € (5.850 €) | 30 % | 1.755 € |
| IRPF del año | 16,42 % de su bruto | 4.926 € |
Base liquidable de 26.050 €, con la escala del supuesto de esta guía. 4.926 € al año son 410,50 € al mes. Sobre la base, y no sobre el bruto, el tipo medio sería del 18,91 %: es el que se calcula en la declaración (Ley del IRPF, art. 63.2).
Unos 4.900 € al año. Ese 30 % es su tipo marginal, lo que paga el último euro de su base. Pero si repartes lo que paga entre todo su sueldo bruto, 4.926 € entre 30.000 €, sale un 16,42 %, algo más del 16 %: es su tipo medio.
Esa diferencia es la que deshace el mito. El marginal solo dice cuánto paga tu siguiente euro. Lo que pagas de verdad lo dice el medio, y ese porcentaje no da saltos: sube poco a poco a medida que ganas más, y siempre queda por debajo de tu tramo.
Si quieres una pista del tuyo, mira tu nómina. El porcentaje de retención del IRPF se calcula para acercarse a lo que pagarás en el año (Reglamento del IRPF, arts. 82 a 86) y, en sueldos como el de Marta, se parece mucho a tu tipo medio. A ella, con estos supuestos, le retienen el mismo 16,42 %.
¿Cuánto te llega de una subida de sueldo?
Ahora sí, la subida. Si a Marta le subieran 1.000 € al año, seguiría en el mismo tramo y le llegarían unos 655 € más al año, unos 55 al mes. Con 3.000 €, serían 250 € brutos más al mes, y a su cuenta le llegarían unos 164:
| Subida al año | Más cotización | Más IRPF | Le llega más al año | Al mes |
|---|---|---|---|---|
| 1.000 € | 65,00 € | 280,50 € | 654,50 € | 54,54 € |
| 3.000 € | 195,00 € | 841,50 € | 1.963,50 € | 163,62 € |
Con 31.000 € brutos, la base sería de 26.985 €, y con 33.000 €, de 28.855 €: las dos siguen en el tramo del 30 %.
¿Por qué no llegan los 250 € enteros? Porque cada euro de subida paga dos veces: primero la cotización y después el IRPF de su tramo. Hazlo con 100 € de subida:
| Paso | Cuánto |
|---|---|
| Subida | 100,00 € |
| Menos la cotización (6,50 %) | 6,50 € |
| Queda | 93,50 € |
| Menos el IRPF de su tramo (30 % de 93,50 €) | 28,05 € |
| Le llega | 65,45 € |
Sale lo mismo con las subidas de arriba: 654,50 € de 1.000 y 1.963,50 € de 3.000 son 65,45 € de cada 100.
Unos 65 € de cada 100, y valen igual para el primer euro de la subida que para el último: mientras no cambie de tramo, todo lo que le suban le llega en la misma proporción.
¿Qué pasa si una subida te hace cambiar de tramo del IRPF?
Llegamos al caso que da miedo. El tramo del 37 % empieza cuando la base pasa de 35.200 €, y a Marta eso le ocurriría con unos 39.800 € brutos. Imagina que le subieran el sueldo hasta 40.000 €: su base sería de 35.400 €, solo 200 € por encima del límite. Esos 200 € serían lo único que pagaría el 37 %; el resto de su base conservaría los porcentajes de antes. Por esos 200 € pagaría 14 € más al año que al 30 %.
| Cuenta | Con 30.000 € | Con 40.000 € |
|---|---|---|
| Cotización | 1.950 € | 2.600 € |
| Base liquidable | 26.050 € | 35.400 € |
| Tipo marginal (su tramo) | 30 % | 37 % |
| IRPF del año | 4.926 € | 7.745 € |
| Tipo medio sobre el bruto | 16,42 % | 19,36 % |
| Le llega al año | 23.124 € | 29.655 € |
| Le llega al mes | 1.927 € | 2.471,25 € |
De los 10.000 € de subida le llegarían 6.531 € al año, 544,25 € al mes: 65,31 € de cada 100.
Con esa subida le llegarían unos 6.500 € más al año, unos 540 al mes. Su tramo salta del 30 al 37 %, pero su tipo medio pasa del 16,42 al 19,36 %, muy lejos de ese 37 %, y sube poco a poco: con 31.000 € sería del 16,80 %, y con 33.000 €, del 17,48 %.
Lo hemos comprobado euro a euro, desde 0 hasta 150.000 € brutos, con las reglas de 2026 y estos supuestos: en ningún punto ganar un euro más deja menos dinero al final del año. Pasar de tramo, por sí solo, nunca baja el neto.
¿Dónde cuesta más una subida de sueldo? Justo encima del salario mínimo
Si te preguntan a quién se le va más parte de cada euro de subida, seguramente digas que a quien más gana. En el tramo del 45 %, de cada 100 € de subida llegan 54,90 €, unos 55. Ese tramo empieza con unos 66.000 € brutos, por encima de la base máxima de cotización, así que de la subida solo sale la cuota de solidaridad del trabajador, un 0,19 % en su primer tramo, y el 45 % del resto.
Pues hay un sitio donde llegan muchos menos, y no está arriba, sino abajo: entre el salario mínimo, que en 2026 es de 17.094 € brutos al año, 1.221 € en 14 pagas (Real Decreto 126/2026), y unos 20.000 €. Imagina a alguien que cobra justo el salario mínimo y al que le suben esos mismos 1.000 €. Marta se quedaría unos 655; esta persona, unos 250:
| Cuenta | Con 17.094 € | Con 18.094 € |
|---|---|---|
| Cotización | 1.111,11 € | 1.176,11 € |
| Reducción por rendimientos del trabajo | 5.322,94 € | 3.686,69 € |
| Base liquidable | 8.659,95 € | 11.231,20 € |
| Cuota antes de la deducción | 590,89 € | 1.079,43 € |
| Deducción para sueldos bajos | 590,89 € | 390,89 € |
| IRPF del año | 0 € | 688,54 € |
| Le llega al año | 15.982,89 € | 16.229,35 € |
De los 1.000 € le llegan 246,46 €, unos 250. Se van 753,54 €: 65 € de cotización y 688,54 € de IRPF, de los que 200 € son por perder parte de la deducción.
¿Y cómo puede ser, si sobre el papel son los tramos del 19 y el 24 %? Por dos rebajas que se van perdiendo a medida que se gana más:
- La reducción por rendimientos del trabajo (Ley del IRPF, art. 20) rebaja la base de los sueldos bajos y se encoge con cada euro que ganan de más. Por eso su base sube el doble de deprisa, o más: por cada euro bruto de subida, 2,57 € en un tramo de la reducción y 2,00 € en el siguiente.
- La deducción para sueldos bajos (disposición adicional 61.ª, con la redacción del Real Decreto-ley 5/2026) resta hasta 590,89 € del impuesto. En 2026, quien solo cobra el salario mínimo de su nómina no paga nada de IRPF en el año, aunque en la nómina puede que le retengan algo, que le devuelven en la declaración. Por cada euro bruto que pasa de 17.094 € pierde 20 céntimos de esa deducción, hasta que desaparece en 20.048,45 €.
Las dos exigen no tener otras rentas de más de 6.500 € al año, sin contar las exentas, y la deducción, que el sueldo venga de una relación laboral o estatutaria. Así queda lo que llega de cada 100 € de subida según el sueldo:
| Sueldo bruto al año | Llegan de cada 100 € |
|---|---|
| Hasta el salario mínimo (17.094 €): solo la cotización | 93,50 € |
| De 17.094 a 18.568 € | 24,65 € |
| De 18.568 a 18.902 € (ya en el tramo del 24 %) | 11,79 € |
| De 18.902 a 20.048 €, donde acaba la deducción | 25,48 € |
| De 20.048 a 21.120 €, donde acaba la reducción | 45,48 € |
| Tramo del 24 % (de 21.120 a 23.743 €) | 71,06 € |
| Tramo del 30 % (de 23.743 a 39.786 €), el de Marta | 65,45 € |
| Tramo del 37 % (de 39.786 € a la base máxima de cotización, 61.214 €) | 58,91 € |
| Tramo del 45 % (desde unos 66.000 €) | 54,90 € |
| Tramo del 47 % | 52,87 € |
Soltera, sin hijos, solo con sueldo, sin otras rentas de más de 6.500 € al año y con contrato indefinido; reglas de 2026. Lo mínimo que llega es 0,118 € por euro, en 18.605 € brutos. Entre la base máxima de cotización y el tramo del 45 % llega algo más: con 63.000 €, 62,88 € de cada 100.
Entre el salario mínimo y unos 20.000 € brutos llegan entre 11,79 y 25,48 € de cada 100: unos 25, y en un trozo, solo 12. Juntas, y con la cotización, en esa franja se llevan unas tres cuartas partes de cada euro de subida, más que en los tramos más altos. Eso sí, vale con estos supuestos: con hijos o con las deducciones de tu comunidad, la franja se mueve. Y ni siquiera en ella se llega a cobrar menos: algo de la subida siempre llega.
¿Por qué baja tu nómina después de una subida o de un extra? La retención
¿De dónde sale entonces que haya quien ve bajar su nómina después de una subida? Puede venir de la retención. Lo que te quitan cada mes no es el impuesto definitivo, sino un adelanto que la empresa calcula para que, al final del año, se parezca a lo que te toca pagar (Reglamento del IRPF, arts. 82 y 86).
Cuando tu sueldo cambia a mitad de año, la empresa recalcula ese porcentaje para los meses que quedan, contando lo que ya te ha retenido (art. 87). Si a Marta le subieran 3.000 € al año desde el 1 de octubre de 2026, su nómina pasaría a unos 2.090 €, lo mismo que si cobrara el sueldo nuevo todo el año.
Donde sí puede bajar es cuando cobras algo extra de una sola vez, como un incentivo. Supón que a Marta le pagaran 3.000 € de golpe en la nómina de octubre de 2026, con el mismo sueldo. Ese mes cobraría mucho más, pero la empresa recalcularía su retención con todo el año, y una parte del impuesto del extra se la retendría en las nóminas siguientes:
| Supuesto | Retención desde octubre | Nómina de octubre | Noviembre y diciembre |
|---|---|---|---|
| Sin cambios | 16,42 % | 1.927,00 € | 1.927,00 € |
| Subida de 3.000 € al año desde el 1 de octubre | 17,48 % | 2.090,55 € | 2.090,55 € |
| Extra de 3.000 € de una vez en la nómina de octubre | 19,81 % | 4.078,11 € | 1.842,25 € |
Reglamento del IRPF, art. 87.3: el nuevo tipo se aplica a lo que queda del año, descontado lo ya retenido. Con el extra, en 2026 le retendrían 5.774,55 €, frente a un IRPF del año de 5.767,50 €: la diferencia se ajusta en la renta.
En los dos meses que quedan de 2026 le llegarían unos 1.840 €, unos 85 menos que antes, con el mismo sueldo: esas nóminas estarían pagando una parte del impuesto del extra.
En la declaración de la renta se ajusta todo: si te retuvieron de más, te lo devuelven, y si fue de menos, pagas la diferencia. Lo que cuenta es el año entero, no una nómina suelta. Si cobras el paro, la retención del SEPE tiene sus propios límites: los vimos en la guía de cuánto se cobra de paro.
Conclusión: tu cuenta en tres pasos
Entonces, ¿te suben el sueldo y cobras menos? Por pasar de tramo, no: cada tramo cobra solo la parte que entra en él, y a Marta, de cada 100 € de subida, le llegarían unos 65. Lo que sí puede pasar es que una nómina suelta baje por la retención, y que justo encima del salario mínimo la subida luzca mucho menos, unos 25 de cada 100. Con tu sueldo bruto anual:
- Tu base: a tu bruto anual quítale un 6,5 % de cotización y 2.000 € de gastos. Con los supuestos de esta guía, vale si ganas entre unos 22.000 y unos 61.000 € brutos con contrato indefinido: por debajo entra la reducción por rendimientos del trabajo, y por encima casi dejas de cotizar por lo que te suben.
- Tu tramo: busca esa base en la escala de tu comunidad sumada a la del Estado; la de esta guía te da una idea. Ese es tu tipo marginal.
- Lo que te llega: de cada 100 € de subida, quita 6,50 € de cotización y, de los 93,50 € que quedan, tu tramo. Lo que sobra es lo que te llega, si la subida no te cambia de tramo.
Y si quieres tu tipo medio, y solo tienes sueldo, divide tu impuesto total del año, antes de restar lo que te retuvieron, entre tu sueldo bruto. Te saldrá bastante menos que tu tramo; en la declaración se calcula sobre la base y sale algo más alto.
Un ejemplo con la nómina de Marta: 30.000 € menos el 6,5 %, 1.950 €, y menos 2.000 € dan 26.050 € de base, en el tramo del 30 %. De cada 100 € de subida, 100 menos 6,50 son 93,50; el 30 % de eso son 28,05, y le quedan 65,45 €. Cuánto llega al banco con otros sueldos lo tienes en la guía de si eres clase media en España; a partir de qué renta estás entre los que más tienen, en la de a partir de cuánto eres rico, y cómo repartir lo que te llega cada mes, en la de la regla 50/30/20.
Para hacer la cuenta exacta con tu comunidad, usa la calculadora de sueldo neto: cotización, IRPF del Estado y de tu comunidad, tipo medio, tramo y cuánto te llega de cada 100 € de subida.
Supuestos del cálculo
- Marta: 35 años, 30.000 € brutos al año en 12 pagas (2.500 € al mes), soltera, sin hijos, menor de 65 años, con contrato indefinido y solo con rentas del trabajo. Le llegan 1.927 € al mes, unos 1.930.
- Cotización del trabajador en 2026: 6,50 % con contrato indefinido, con una base máxima de 5.101,20 € al mes; por encima, la cuota de solidaridad (Orden PJC/297/2026).
- Escala: la estatal (Ley del IRPF, art. 63) más una autonómica de referencia igual a la estatal salvo el último tramo (22,5 % por encima de 60.000 €). La suma coincide con la escala de retención del Reglamento del IRPF (art. 85.1); no es la de ninguna comunidad concreta. Fuera del País Vasco y Navarra.
- IRPF final del año con las reglas de 2026: 2.000 € de otros gastos (art. 19.2.f), reducción por rendimientos del trabajo (art. 20), mínimo personal de 5.550 € (art. 57) y deducción para sueldos bajos de la disposición adicional 61.ª (590,89 € hasta 17.094 €, que desaparece en 20.048,45 €). Sin otras rentas de más de 6.500 € al año. Retención de la nómina con los arts. 82 a 87 del Reglamento del IRPF.
- Subidas en condicional, solo de esta guía: 1.000 y 3.000 € al año, hasta 40.000 € brutos, y un extra de 3.000 € de una vez en la nómina de octubre de 2026. Subida de 1.000 € sobre el salario mínimo de 2026, 17.094 € (Real Decreto 126/2026).
- Comprobado euro a euro de 0 a 150.000 € brutos: con estos supuestos, el neto del año no baja en ningún punto.
- Normas consultadas el 10 de octubre de 2026. La Ley y el Reglamento del IRPF, revisados en el BOE el 16 de octubre de 2026, con su última actualización publicada el 7 de octubre de 2026. El Real Decreto-ley 29/2026 (BOE del 7 de octubre de 2026) no cambia ninguno de los artículos que usa esta guía.
Calculadora · Sueldo neto e IRPF
Calculadora de sueldo neto 2026: IRPF, tramos y lo que te llega de una subida
Vienen puestas las cifras del vídeo 023. Cambia las tuyas: la cuenta se hace en tu navegador y no se guarda.
Tu resultado
Tu tramo es el 30 %, pero de tu sueldo bruto se va en IRPF un 16,42 %: cada tramo cobra solo la parte de tu base que entra en él.
| Cuenta | Importe |
|---|---|
| Sueldo bruto del año | 30.000,00 € |
| Cotización a la Seguridad Social (6,50 %) | −1.950,00 € |
| Otros gastos que deja restar la ley | −2.000,00 € |
| Reducción por rendimientos del trabajo | 0,00 € |
| Base liquidable | 26.050,00 € |
| Mínimo personal y familiar: la parte de la base que no paga | 5.550,00 € |
| IRPF del Estado | 2.463,00 € |
| IRPF de la mitad autonómica (referencia) | 2.463,00 € |
| Deducción para sueldos bajos | 0,00 € |
| IRPF del año | 4.926,00 € |
| Te llega al año | 23.124,00 € |
| Te llega al mes (12 pagas) | 1.927,00 € |
Supuestos y límites de la cuenta 6
- Escala de referencia del vídeo: la del Estado más una mitad autonómica igual a la estatal salvo el último tramo (22,5 %). Suma la escala de la retención de la nómina (Reglamento del IRPF, art. 85.1) y no es la de ninguna comunidad: cada una aprueba la suya (Ley del IRPF, art. 74).
- Si vives en Andalucía, Cataluña, Galicia, la Comunidad de Madrid o la Comunitat Valenciana, elige tu comunidad; para las demás, la escala de referencia es solo una aproximación: en esas cinco comunidades, con 30.000 € brutos el IRPF cambia entre 328 € menos y 33 € más que con la referencia, y con 100.000 €, entre 1.408 € menos y 1.085 € más.
- Supone que solo cobras tu sueldo (sin otras rentas de más de 6.500 € al año), declaración individual, sin discapacidad, sin ascendientes a cargo y sin aportaciones a planes de pensiones.
- No resta las deducciones autonómicas ni las estatales por maternidad o familia numerosa: si te toca alguna, pagarías menos.
- Es el IRPF real del año; en la nómina, la empresa te retiene un porcentaje con la escala de retención, igual en toda España, y lo que te retenga de más o de menos se ajusta en la declaración de la renta.
- Es una estimación con las normas vigentes el 23 de octubre de 2026, no una recomendación.
Cuenta orientativa con las normas y los supuestos del vídeo, no una recomendación personalizada. Nada sale de tu navegador.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los tramos del IRPF en 2026?
Sumando la mitad del Estado y la de la comunidad, la escala general de los sueldos tiene 6 tramos de base liquidable: el 19 % hasta 12.450 €, el 24 % hasta 20.200 €, el 30 % hasta 35.200 €, el 37 % hasta 60.000 €, el 45 % hasta 300.000 € y el 47 % por encima. Es la escala de la retención de la nómina, la misma en toda España salvo el País Vasco y Navarra; cada comunidad aprueba su propia mitad, así que tu escala real puede ser distinta. Los primeros 5.550 € de base no pagan, por el mínimo personal, y cada tramo cobra solo la parte de la base que cae dentro de él.
¿Si me suben el sueldo y cambio de tramo, cobro menos?
En el año, no. Solo la parte de la base que pasa del límite paga el porcentaje nuevo, y el resto sigue igual. Si a Marta, con 30.000 € brutos, le subieran el sueldo hasta 40.000 €, su base pasaría de 35.200 € en solo 200 €, y por esos 200 € pagaría 14 € más al año que al 30 %: le llegarían 6.531 € más al año, 544,25 € al mes. Con las reglas de 2026 y estos supuestos lo hemos comprobado euro a euro de 0 a 150.000 € brutos, y el neto del año no baja en ningún punto.
¿Qué diferencia hay entre el tipo marginal y el tipo medio del IRPF?
El tipo marginal es el porcentaje que paga tu último euro de base, el de tu tramo. El tipo medio es lo que pagas de verdad: tu impuesto del año, antes de restar lo que te retuvieron, entre tu sueldo bruto. Marta tiene una base de 26.050 € en el tramo del 30 %, pero paga 4.926 € al año, el 16,42 % de sus 30.000 € brutos. El tipo medio no da saltos: si le subieran hasta 40.000 €, su tramo pasaría al 37 % y su tipo medio, al 19,36 %. En la declaración se calcula sobre la base y sale algo más alto, el 18,91 % en su caso.
¿Cuánto me llega de una subida de sueldo?
Con contrato indefinido, solo sueldo y entre unos 22.000 y unos 61.000 € brutos, haz esta cuenta con cada 100 € de subida: quita 6,50 € de cotización y, de los 93,50 € que quedan, quita tu tramo. Con el 30 %, el de Marta, se lleva 28,05 € y te quedan 65,45 €; con el 24 %, unos 71, y con el 37 %, unos 59. Vale si la subida no te cambia de tramo. Justo encima del salario mínimo, de 17.094 a unos 20.048 € brutos, llegan entre 11,79 y 25,48 € de cada 100, porque se van perdiendo la reducción por rendimientos del trabajo y la deducción para sueldos bajos.
¿Por qué ha bajado mi nómina después de cobrar un extra?
Puede ser la retención, que es un adelanto del impuesto y no el impuesto final. Cuando cobras algo de una vez, la empresa recalcula tu porcentaje con todo el año y te retiene una parte del impuesto del extra en las nóminas siguientes. Si a Marta le pagaran 3.000 € de golpe en la nómina de octubre de 2026, su retención pasaría del 16,42 al 19,81 %, y en noviembre y diciembre le llegarían 1.842,25 €, 84,75 € menos que antes, con el mismo sueldo. Una subida normal no la baja: con 3.000 € más al año desde octubre, su nómina pasaría a 2.090,55 €. En la declaración de la renta se ajusta todo.
Fuentes
- Ley 35/2006, del IRPF (arts. 19, 20, 56, 57, 63, 66, 74 y 76, y disposición adicional 61.ª) boe.es · consultada el 16 de octubre de 2026
- Reglamento del IRPF, Real Decreto 439/2007 (arts. 81 a 87: retención de la nómina y su escala) boe.es · consultada el 16 de octubre de 2026
- Real Decreto-ley 5/2026, art. 28 (deducción por obtención de rendimientos del trabajo de 2026), convalidado por Resolución de 18 de marzo de 2026 boe.es · consultada el 10 de octubre de 2026
- Real Decreto 126/2026 (salario mínimo de 2026) boe.es · consultada el 10 de octubre de 2026
- Orden PJC/297/2026 (cotización de 2026 y base máxima) boe.es · consultada el 10 de octubre de 2026
- Real Decreto-ley 29/2026 (BOE de 7 de octubre de 2026; no cambia la escala, el mínimo personal ni la deducción para sueldos bajos) boe.es · consultada el 10 de octubre de 2026
- INE, Encuesta Anual de Estructura Salarial 2024 (sueldo medio) ine.es · consultada el 10 de octubre de 2026
Quién hace esta guía. El equipo de Titanes del Dinero: escribimos el guion del vídeo, hacemos las cuentas con datos oficiales y las dejamos aquí para que puedas repetirlas. Si ves un error, escríbenos a info@titanesdeldinero.com.
Cómo hacemos las cuentas · Fe de erratas · Contenido educativo, no asesoramiento financiero personalizado.






