Calculadora · Vídeo 023 · Impuestos
Calculadora de sueldo neto 2026: IRPF, tramos y lo que te llega de una subida
Con tu sueldo bruto, tus pagas, tu comunidad y tus hijos: la cotización, el IRPF del Estado y el de tu comunidad con las reglas de 2026, lo que te llega al mes, tu tipo medio, tu tramo y cuánto te llega de cada 100 € de subida.
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Tu resultado
Tu tramo es el 30 %, pero de tu sueldo bruto se va en IRPF un 16,42 %: cada tramo cobra solo la parte de tu base que entra en él.
| Cuenta | Importe |
|---|---|
| Sueldo bruto del año | 30.000,00 € |
| Cotización a la Seguridad Social (6,50 %) | −1.950,00 € |
| Otros gastos que deja restar la ley | −2.000,00 € |
| Reducción por rendimientos del trabajo | 0,00 € |
| Base liquidable | 26.050,00 € |
| Mínimo personal y familiar: la parte de la base que no paga | 5.550,00 € |
| IRPF del Estado | 2.463,00 € |
| IRPF de la mitad autonómica (referencia) | 2.463,00 € |
| Deducción para sueldos bajos | 0,00 € |
| IRPF del año | 4.926,00 € |
| Te llega al año | 23.124,00 € |
| Te llega al mes (12 pagas) | 1.927,00 € |
Supuestos y límites de la cuenta 6
- Escala de referencia del vídeo: la del Estado más una mitad autonómica igual a la estatal salvo el último tramo (22,5 %). Suma la escala de la retención de la nómina (Reglamento del IRPF, art. 85.1) y no es la de ninguna comunidad: cada una aprueba la suya (Ley del IRPF, art. 74).
- Si vives en Andalucía, Cataluña, Galicia, la Comunidad de Madrid o la Comunitat Valenciana, elige tu comunidad; para las demás, la escala de referencia es solo una aproximación: en esas cinco comunidades, con 30.000 € brutos el IRPF cambia entre 328 € menos y 33 € más que con la referencia, y con 100.000 €, entre 1.408 € menos y 1.085 € más.
- Supone que solo cobras tu sueldo (sin otras rentas de más de 6.500 € al año), declaración individual, sin discapacidad, sin ascendientes a cargo y sin aportaciones a planes de pensiones.
- No resta las deducciones autonómicas ni las estatales por maternidad o familia numerosa: si te toca alguna, pagarías menos.
- Es el IRPF real del año; en la nómina, la empresa te retiene un porcentaje con la escala de retención, igual en toda España, y lo que te retenga de más o de menos se ajusta en la declaración de la renta.
- Es una estimación con las normas vigentes el 23 de octubre de 2026, no una recomendación.
Cuenta orientativa con las normas y los supuestos del vídeo, no una recomendación personalizada. Nada sale de tu navegador.
El vídeo de esta calculadora
Tramos del IRPF: ¿te suben el sueldo y cobras menos?
Las mismas cuentas, explicadas paso a paso. Míralo aquí o en YouTube, y lee su guía con todas las tablas y las fuentes.
La respuesta corta del vídeo
Por pasar de tramo, no: cada tramo cobra solo la parte de la base que entra en él, no todo el sueldo. Marta, con 30.000 € brutos, tiene una base de unos 26.000 € en el tramo del 30 %, pero paga unos 4.900 € al año, un tipo medio de algo más del 16 %. De cada 100 € de subida le llegarían unos 65. Con las reglas de 2026 y estos supuestos, el neto del año no baja en ningún punto de 0 a 150.000 € brutos. Lo que sí puede bajar es una nómina suelta, por la retención, y justo encima del salario mínimo una subida luce mucho menos: unos 25 de cada 100.
En esta calculadora 10 apartados
- Cómo pasa tu sueldo bruto a neto
- La cotización del trabajador en 2026
- Los tramos del IRPF en 2026: el Estado y tu comunidad
- El mínimo personal y familiar
- Las dos rebajas de los sueldos bajos
- Tipo marginal, tipo medio y lo que llega de cada 100 €
- El ejemplo del vídeo: la nómina de Marta
- Lo que la calculadora no tiene en cuenta
- Preguntas frecuentes
- Fuentes
Esta calculadora hace la cuenta de tu sueldo de 2026 de principio a fin: cuánto se va en cotización a la Seguridad Social, cuánto en IRPF (la parte del Estado y la de tu comunidad), cuánto te llega al mes, cuál es tu tramo, cuál es tu tipo medio y cuánto te llegaría de cada 100 € de subida. Es para quien trabaja por cuenta ajena y solo cobra su sueldo, con las normas vigentes el 23 de octubre de 2026. Se abre con el caso del vídeo, la nómina de Marta: 30.000 € brutos al año en 12 pagas.
La mitad del IRPF la fija cada comunidad. La calculadora trae las escalas y los mínimos de 2026 de Andalucía, Cataluña, Galicia, la Comunidad de Madrid y la Comunitat Valenciana, comprobados uno a uno en sus leyes. Para el resto de comunidades tiene la escala de referencia del vídeo, la misma que usan las empresas para calcular la retención de la nómina, que da solo una aproximación: según la comunidad, el IRPF real puede ser cientos de euros al año mayor o menor, y más con sueldos altos. El País Vasco y Navarra tienen su propio IRPF y no están incluidos.
Cómo pasa tu sueldo bruto a neto
- La cotización a la Seguridad Social: un 6,50 % de tu sueldo bruto con contrato indefinido en 2026 (6,55 % si es temporal), hasta la base máxima de cotización.
- La base liquidable: a tu bruto se le quita la cotización y 2.000 € de otros gastos que la ley deja restar a todo el que cobra un sueldo (Ley del IRPF, art. 19.2). En los sueldos bajos se resta además la reducción por rendimientos del trabajo (art. 20). Con esa base, y no con el bruto, se miran los tramos.
- La escala del Estado y la de tu comunidad: cada una se aplica a la base por tramos, y cada tramo cobra solo la parte de la base que entra en él (arts. 63 y 74).
- El mínimo personal y familiar: la parte de la base que la ley deja sin pagar, 5.550 € en general y más con hijos o con más de 65 años. Se descuenta aplicándole la misma escala (arts. 56 a 61).
- La deducción para sueldos bajos: hasta 590,89 € menos de impuesto si cobras hasta 20.048,45 € brutos (disposición adicional 61.ª).
IRPF = escala del Estado y de tu comunidad sobre tu base − la misma escala sobre tu mínimo personal y familiar − deducción para sueldos bajos
Al mes, con 12 pagas, es lo del año entre 12. Con 14 pagas, el año es el mismo, pero se reparte de otra forma: la cotización va en las 12 nóminas, porque las pagas extra van prorrateadas en la base, y en los dos meses de paga extra cobras además una paga sin cotización.
La cotización del trabajador en 2026
| Concepto | Indefinido | Temporal |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 4,70 % | 4,70 % |
| Desempleo | 1,55 % | 1,60 % |
| Formación profesional | 0,10 % | 0,10 % |
| Mecanismo de equidad intergeneracional | 0,15 % | 0,15 % |
| Total | 6,50 % | 6,55 % |
Orden PJC/297/2026, arts. 4, 16 y 33, consultada el 23 de octubre de 2026. Se cotiza hasta la base máxima, 5.101,20 € al mes (61.214,40 € al año). Por encima solo se paga la cuota de solidaridad: el 0,19 % de lo que pasa de la base máxima hasta 5.611,32 € al mes, el 0,21 % hasta 7.651,80 € y el 0,24 % del resto (art. 17). El 1,60 % de desempleo es para los contratos de duración determinada; los de sustitución, de relevo y formativos, y los de personas con una discapacidad de al menos el 33 %, cotizan el 1,55 % como los indefinidos (art. 33).
Los tramos del IRPF en 2026: el Estado y tu comunidad
El IRPF de un sueldo tiene dos mitades. La del Estado es igual en toda España:
| Base liquidable | Tipo del Estado |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,5 % |
| De 12.450 a 20.200 € | 12 % |
| De 20.200 a 35.200 € | 15 % |
| De 35.200 a 60.000 € | 18,5 % |
| De 60.000 a 300.000 € | 22,5 % |
| Más de 300.000 € | 24,5 % |
Ley del IRPF, art. 63.1, en el texto consolidado del BOE consultado el 23 de octubre de 2026.
La otra mitad la aprueba cada comunidad (art. 74), y por eso el mismo sueldo no paga lo mismo en todas partes. Estas son las escalas de 2026 que trae la calculadora:
| Comunidad | Tramos |
|---|---|
| Andalucía | 9,5 % hasta 13.000 €; 12 % hasta 21.100 €; 15 % hasta 35.200 €; 18,5 % hasta 60.000 €; 22,5 % por encima |
| Cataluña | 9,5 % hasta 12.500 €; 12,5 % hasta 22.000 €; 16 % hasta 33.000 €; 19 % hasta 53.000 €; 21,5 % hasta 90.000 €; 23,5 % hasta 120.000 €; 24,5 % hasta 175.000 €; 25,5 % por encima |
| Galicia | 9 % hasta 12.985,35 €; 11,65 % hasta 21.068,60 €; 14,9 % hasta 35.200 €; 18,4 % hasta 60.000 €; 22,5 % por encima |
| Comunidad de Madrid | 8,5 % hasta 13.362,22 €; 10,7 % hasta 19.004,63 €; 12,8 % hasta 35.425,68 €; 17,4 % hasta 57.320,40 €; 20,5 % por encima |
| Comunitat Valenciana | 8,8 % hasta 12.000 €; 11,7 % hasta 22.000 €; 14,6 % hasta 32.000 €; 17 % hasta 42.000 €; 19,4 % hasta 52.000 €; 21,9 % hasta 62.000 €; 24,4 % hasta 72.000 €; 26,1 % hasta 100.000 €; 27,35 % hasta 150.000 €; 28,35 % hasta 200.000 €; 29,35 % por encima |
| Escala de referencia del vídeo | 9,5 % hasta 12.450 €; 12 % hasta 20.200 €; 15 % hasta 35.200 €; 18,5 % hasta 60.000 €; 22,5 % por encima |
Textos consolidados del BOE consultados el 23 de octubre de 2026: Andalucía, Ley 5/2021, art. 23; Cataluña, Decreto Legislativo 1/2024, art. 611-1 (escala del Decreto-ley 5/2025, que la Llei 11/2026 no cambia); Galicia, Decreto Legislativo 1/2011, art. 4; Comunidad de Madrid, Decreto Legislativo 1/2010, art. 1; Comunitat Valenciana, Ley 13/1997, art. 2, con la escala de la Ley 5/2026, de 31 de julio, que se aplica desde el 1 de enero de 2026. La Junta de Andalucía anunció el 5 de octubre de 2026 una rebaja de su tramo para rentas de hasta 60.000 €; el 23 de octubre de 2026 aún no estaba aprobada y la calculadora usa la escala vigente.
La escala de referencia es la del vídeo. No es la de ninguna comunidad: es una mitad autonómica igual a la del Estado salvo en el último tramo, que sumada a la estatal da la escala que usan las empresas para la retención de la nómina en toda España (Reglamento del IRPF, art. 85.1): 19 % hasta 12.450 €, 24 % hasta 20.200 €, 30 % hasta 35.200 €, 37 % hasta 60.000 €, 45 % hasta 300.000 € y 47 % por encima. Si tu comunidad no está en la lista, te da solo una aproximación de tu IRPF. Para hacerte una idea del margen: en las cinco comunidades de la calculadora, con 30.000 € brutos el IRPF cambia entre 328 € menos y 33 € más que con la escala de referencia, y con 100.000 €, entre 1.408 € menos y 1.085 € más.
El mínimo personal y familiar
Es la parte de la base que no paga, porque la ley la considera necesaria para cubrir las necesidades básicas. No se resta de la base: se le aplica la misma escala y lo que sale se descuenta, así que equivale a que los primeros euros de la base no paguen. Cada comunidad puede subirlo para su mitad del impuesto:
| Concepto | Estado y Cataluña | Andalucía | Galicia | Madrid | C. Valenciana |
|---|---|---|---|---|---|
| Contribuyente | 5.550 | 5.790 | 5.789 | 5.956,65 | 6.105 |
| Mayor de 65 años, además | 1.150 | 1.200 | 1.199 | 1.234,26 | 1.265 |
| Mayor de 75 años, además | 1.400 | 1.460 | 1.460 | 1.502,58 | 1.540 |
| Primer hijo | 2.400 | 2.510 | 2.503 | 2.575,85 | 2.640 |
| Segundo hijo | 2.700 | 2.820 | 2.816 | 2.897,83 | 2.970 |
| Tercer hijo | 4.000 | 4.170 | 4.172 | 4.400 | 4.400 |
| Cuarto hijo y siguientes | 4.500 | 4.700 | 4.694 | 4.950 | 4.950 |
| Hijo menor de 3 años, además | 2.800 | 2.920 | 2.920 | 3.005,16 | 3.080 |
Estado: Ley del IRPF, arts. 57 y 58. Cataluña aplica los del Estado (Código tributario, art. 611-2). Andalucía: Ley 5/2021, art. 23 bis; Galicia: Decreto Legislativo 1/2011, art. 4 bis; Madrid: Decreto Legislativo 1/2010, arts. 2 y 2 bis; Comunitat Valenciana: Ley 13/1997, art. 2 bis. Textos consolidados del BOE consultados el 23 de octubre de 2026. La escala de referencia usa los del Estado en las dos mitades.
Cuentan los hijos menores de 25 años, o de cualquier edad con una discapacidad de al menos el 33 %, que viven contigo y no ganan más de 8.000 € al año. Si los dos progenitores tienen derecho, cada uno aplica la mitad en su declaración (Ley del IRPF, art. 61); si solo lo tiene uno, lo aplica entero.
Las dos rebajas de los sueldos bajos
La reducción por rendimientos del trabajo (Ley del IRPF, art. 20) resta de la base hasta 7.302 € a quien tiene un rendimiento neto, el bruto menos la cotización, de hasta 14.852 €, y se va encogiendo hasta desaparecer en 19.747,50 €, unos 21.120 € brutos. La deducción para sueldos bajos (disposición adicional 61.ª, con la redacción del Real Decreto-ley 5/2026) resta 590,89 € del impuesto con un sueldo bruto de hasta 17.094 €, el salario mínimo de 2026, y 20 céntimos menos por cada euro que pasa de ahí, hasta desaparecer en 20.048,45 €. No puede ser mayor que el impuesto. Las dos exigen no tener otras rentas de más de 6.500 € al año, sin contar las exentas.
Con la escala de referencia, quien cobra el salario mínimo no paga IRPF en el año. Justo por encima, una subida luce poco, porque se van perdiendo las dos rebajas a la vez: de 100 € de subida llegan unos 25, y en algún punto solo 12. Aun así, el neto del año nunca baja al subir el sueldo: lo hemos comprobado euro a euro de 0 a 150.000 € brutos con cada una de las escalas de la calculadora.
Tipo marginal, tipo medio y lo que llega de cada 100 €
Tu tipo marginal, o tu tramo, es lo que paga el siguiente euro de tu base: el tipo del Estado más el de tu comunidad. Tu tipo medio es lo que pagas de verdad: el IRPF del año entre tu sueldo bruto. Siempre sale bastante por debajo de tu tramo, porque los primeros euros de la base pagan los tipos más bajos o nada.
Para lo que llega de una subida, la calculadora calcula tu sueldo con 100 € brutos más al año y resta. Mientras la subida no te cambie de tramo y estés por encima de la zona de las rebajas, la cuenta rápida es esta: de cada 100 €, quita 6,50 € de cotización y, de los 93,50 € que quedan, tu tramo. Si la subida te cambia de tramo, solo la parte de la base que pasa del límite paga el tipo nuevo.
El ejemplo del vídeo: la nómina de Marta
El caso
Marta tiene 35 años y cobra 30.000 € brutos al año en 12 pagas. Está soltera, no tiene hijos, tiene un contrato indefinido y solo cobra su sueldo. El vídeo usa la escala de referencia. Son los valores con los que se abre la calculadora.
| Cuenta | Al año | Al mes |
|---|---|---|
| Sueldo bruto | 30.000 € | 2.500 € |
| Cotización a la Seguridad Social (6,50 %) | 1.950 € | 162,50 € |
| Base liquidable: 30.000 menos 1.950 y menos 2.000 | 26.050 € | |
| IRPF: 1.311 € al 19 %, 1.860 € al 24 % y 1.755 € al 30 % | 4.926 € | 410,50 € |
| Le llega | 23.124 € | 1.927 € |
Los primeros 5.550 € de su base no pagan, por el mínimo personal; de 5.550 a 12.450 € paga el 19 %, de 12.450 a 20.200 € el 24 % y de 20.200 a 26.050 € el 30 %. La reducción por rendimientos del trabajo y la deducción para sueldos bajos no le tocan.
Si le subieran 1.000 € al año, le llegarían 654,50 € más, unos 55 al mes; con 3.000 €, 1.963,50 €, unos 164 al mes. Para entrar en el tramo del 37 % le faltan 9.786 € brutos: su base pasa de 35.200 € con 39.786,10 €. Y si le subieran hasta 40.000 €, solo 200 € de su base pagarían el 37 %, 14 € más al año, y le llegarían 2.471,25 € al mes.
Con el mismo sueldo, esto es lo que le llegaría en cada comunidad que trae la calculadora:
| Comunidad | IRPF del año | Tipo medio | Tramo | Le llega al mes |
|---|---|---|---|---|
| Escala de referencia del vídeo | 4.926,00 € | 16,42 % | 30 % | 1.927,00 € |
| Andalucía | 4.862,45 € | 16,21 % | 30 % | 1.932,30 € |
| Cataluña | 4.958,75 € | 16,53 % | 31 % | 1.924,27 € |
| Galicia | 4.794,60 € | 15,98 % | 29,9 % | 1.937,95 € |
| Comunidad de Madrid | 4.598,02 € | 15,33 % | 27,8 % | 1.954,33 € |
| Comunitat Valenciana | 4.743,06 € | 15,81 % | 29,6 % | 1.942,24 € |
Soltera, sin hijos, menor de 65 años, contrato indefinido, 12 pagas y solo con su sueldo; sin deducciones autonómicas. La parte del Estado es la misma en todas: 2.463 €.
Con dos hijos, uno de ellos menor de 3 años, y el mínimo a medias con el otro progenitor, a Marta le llegarían 1.989,54 € al mes con la escala de referencia y 2.015,63 € en la Comunidad de Madrid.
Lo que la calculadora no tiene en cuenta
- Las comunidades que no están en la lista: para ellas, la escala de referencia es una aproximación. El País Vasco y Navarra, que tienen su propio IRPF, y Ceuta y Melilla, con su deducción propia, no están incluidos.
- Las deducciones autonómicas (por hijos, alquiler, gastos educativos y otras) y las estatales por maternidad o familia numerosa: si te toca alguna, pagarías menos.
- La discapacidad, los ascendientes a cargo, las aportaciones a planes de pensiones, la declaración conjunta y las rentas que no sean tu sueldo, como los intereses, los dividendos o un alquiler.
- La retención exacta de tu nómina. La calculadora da el IRPF real del año; la empresa te retiene un porcentaje con la escala de retención, igual en toda España, y la diferencia se ajusta en la declaración de la renta. Un extra cobrado de una vez puede bajar alguna nómina suelta por la retención, aunque el año salga igual.
- Los pluses, los atrasos, las horas extra o la retribución en especie, y los redondeos al céntimo de cada nómina.
Todas las cuentas de los tramos, con lo que llega de una subida según el sueldo y lo que pasa con la retención, en la guía Tramos del IRPF: ¿te suben el sueldo y cobras menos? y en el vídeo del canal. Cuánto llega al banco según el sueldo, en la guía de si eres clase media en España, y cómo repartirlo cada mes, en la de la regla 50/30/20.
Es una estimación educativa con las normas de 2026, no una recomendación personal ni asesoramiento fiscal. La cifra exacta es la de tu declaración de la renta.
La guía del vídeo: Tramos del IRPF: ¿te suben el sueldo y cobras menos?
Preguntas frecuentes
¿Cómo calcula esta calculadora el sueldo neto?
Resta a tu sueldo bruto la cotización a la Seguridad Social, un 6,50 % con contrato indefinido en 2026, y el IRPF del año. Para el IRPF, quita a tu bruto la cotización y 2.000 € de gastos, y en los sueldos bajos la reducción por rendimientos del trabajo: eso es tu base liquidable. Le aplica la escala del Estado y la de tu comunidad, descuenta la parte que cubre tu mínimo personal y familiar y resta la deducción para sueldos bajos si te toca. Con 30.000 € brutos y la escala de referencia del vídeo salen 4.926 € de IRPF y 1.927 € netos al mes.
¿Qué diferencia hay entre mi tramo del IRPF y mi tipo medio?
El tramo, o tipo marginal, es lo que paga el siguiente euro de tu base: el porcentaje del Estado más el de tu comunidad. El tipo medio es lo que pagas de verdad: tu IRPF del año entre tu sueldo bruto. Con 30.000 € brutos, la base es de 26.050 € y cae en el tramo del 30 %, pero el IRPF es de 4.926 €, un tipo medio del 16,42 %, porque cada tramo cobra solo la parte de la base que entra en él.
¿Si me suben el sueldo y cambio de tramo, cobro menos?
En el año, no. Solo la parte de tu base que pasa del límite paga el porcentaje nuevo. Con las reglas de 2026 y los supuestos de la calculadora, el neto del año no baja en ningún punto al subir el sueldo, aunque justo encima del salario mínimo una subida luce mucho menos: de 100 € pueden llegar solo unos 25, porque se van perdiendo la reducción por rendimientos del trabajo y la deducción para sueldos bajos.
¿Por qué mi nómina no coincide exactamente con la calculadora?
La calculadora da el IRPF real del año. En la nómina, la empresa te retiene un porcentaje calculado con la escala de retención, la misma en toda España, y lo que te retenga de más o de menos se ajusta en la declaración de la renta. También influyen los redondeos de cada mes, los atrasos, los pluses o un extra cobrado de una vez, que puede bajar alguna nómina suelta por la retención.
¿Qué comunidades incluye y qué no tiene en cuenta?
Incluye las escalas y los mínimos de 2026 de Andalucía, Cataluña, Galicia, la Comunidad de Madrid y la Comunitat Valenciana, comprobados en sus leyes; para las demás comunidades de régimen común, la escala de referencia del vídeo da solo una aproximación, que puede desviarse cientos de euros al año, y más con sueldos altos. No incluye el País Vasco, Navarra, Ceuta ni Melilla, las deducciones autonómicas, las deducciones por maternidad o familia numerosa, la discapacidad, los ascendientes a cargo, los planes de pensiones, la declaración conjunta ni otras rentas aparte del sueldo.
Fuentes
- Ley 35/2006, del IRPF (arts. 19, 20, 56 a 61, 63, 74 y disposición adicional 61.ª), texto consolidado boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
- Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, art. 28 (deducción para sueldos bajos de 2026) boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
- Reglamento del IRPF, Real Decreto 439/2007 (art. 85.1: escala de retención de la nómina) boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
- Orden PJC/297/2026 (cotización de 2026: arts. 2, 4, 16, 17 y 33, y base máxima de 5.101,20 € al mes) boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
- Andalucía: Ley 5/2021 de Tributos Cedidos (arts. 23 y 23 bis), texto consolidado boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
- Cataluña: Decreto Legislativo 1/2024, libro sexto del Código tributario (arts. 611-1 y 611-2), texto consolidado boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
- Galicia: Decreto Legislativo 1/2011 (arts. 4 y 4 bis), texto consolidado boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
- Comunidad de Madrid: Decreto Legislativo 1/2010 (arts. 1, 2 y 2 bis), texto consolidado boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
- Comunitat Valenciana: Ley 13/1997 (arts. 2 y 2 bis), texto consolidado boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
- Comunitat Valenciana: Ley 5/2026, de 31 de julio, art. 18 (escala autonómica desde el 1 de enero de 2026) boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
- Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero (salario mínimo de 2026: 1.221 € al mes en 14 pagas) boe.es · consultada el 23 de octubre de 2026
Quién hace esta calculadora. El equipo de Titanes del Dinero: escribimos el guion del vídeo, hacemos las cuentas con datos oficiales y las dejamos aquí para que puedas repetirlas. Si ves un error, escríbenos a info@titanesdeldinero.com.
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